Blog de Halconeros de Castilla dedicado a la cetrería y las aves rapaces

Cetreros de toda Galicia se reúnen por el problema del doble registro de aves rapaces

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Un ave rapaz de un criador de O Morrazo.

Tiene que acatar una ley estatal y otra autonómica lo que le suspone un coste añadido -El encuentro, previsto para el sábado

Cetreros y criadores de aves rapaces de toda Galicia están llamados a reunirse este sábado, día 26, en Gondomar, convocados a instancias de la Asociación Aviornis Internacional Ibérica, con sede en O Rosal, que está dedicada al fomento de la cría ordenada de especies silvestres en cautividad, ante la problemática por la obligación del doble control de la aves tras la aprobación de la ley autonómica de protección y bienestar de animales de compañía y lo que implica de su coste a mayores.


Hasta esta reunión, que se celebrará a las 11:00 en el Centro neural de Gondomar, se desplazarán criadores de aves rapaces de O Morrazo, una comarca con gran afición, con cerca de 40 cetreros, que están viviendo también con preocupación esta situación.

El problema que se han encontrado los cetreros es con la duplicidad de los controles, ya que ahora tienen que inscribir las aves en dos registros, por un lado el estatal, denominado CITES (Convención Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre) a través del último Real Decreto 7/2018 que se aprobó motivado al control por el incremento del comercio ilegal de especies silvestres; y por el otro, el autonómico, denominado REGIAC (Registro Gallego de Identificación de Animales de Compañía), aprobado por la Lei 4/2017, de 3 de octubre, por el que tienen que afrontar un pago. El importe depende de lo que cobre el veterinario, que es quien tiene que certificar la inscripción. Los cetreros consideran que la isncripción en un registro ya debería de servir para el otro y no tener que hacer la tramitación dos veces.

Artículo 28

En esta reunión, los criadores estudirán las implicaciones relacionadas con esta obligatoriedad y las consecuencias de la ley autonómica, sobre todo en lo que respecta a su artículo 28, que dice textualmente que «la tenencia de aves de presa en cautividad requerirá, sin perjuicio de las normas nacionales e internacionales que sean de aplicación, obtener previamente la autorización administrativa otorgada por la consejería competente en materia de protección animal,con los requisitos y según el procedimiento que reglamentariamente se establezca». En el punto segundo del artículo se refiere también a que «todos aquellos ejemplares de aves de presa que dispongan de autorización mencionada en el apartado anterior, deberán ser identificados individualmente con microchip o anilla, sin perjuicio de cualquier otro sistema de marcaje que pueda establecerse reglamentariamente, e inscribirse en la sección correspondiente del Registro Gallego de Identificación de Animales de Compañía». Por último el artículo obliga a que la cría en cautividad de aves de presa solo podrá llevarse a cabo en establecimientos de cría de animales autorizados, con arreglo a lo establecido en el artículo 10 de dicha ley».

fuente: farodevigo.es

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